Doble titulación: Máster universitario en Psicologia General Sanitaria y Máster universitario en Neuropsicología

Acceso

Para establecer las condiciones de acceso y criterios de admisión en el máster se ha tenido en cuenta la norma establecida en el artículo 18 del Real Decreto 822/2021 que regula la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de calidad .

Además, de conformidad con lo dispuesto en el Apartado 4.2 del Anexo I del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, desarrollado en la Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, por acceder a los estudios de Máster en Psicología General Sanitaria, se requerirá la posesión del título de Licenciado/Graduado en Psicología unido, en su caso, a una formación complementaria que garantice que el interesado ha obtenido, al menos, 90 ECTS de carácter específicamente sanitario.

En relación con el reconocimiento de estos 90 ECTS de formación complementaria a los que hace referencia el párrafo anterior, será necesario que el/la solicitante presente documentación acreditativa de este requisito.

De acuerdo con la orden ECD/1070/2013 los criterios empleados para validar los 90 créditos sanitarios previos a la realización del Máster serán los siguientes:

Para los Graduados en Psicología, se validarán como créditos sanitarios los correspondientes a:

  • Materias básicas de Rama de Ciencias de la Salud.
  • Materias vinculadas a Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos y Psicobiología.
  • Itinerarios, menciones o materias optativas calificadas por su vinculación a la Psicología Clínica, Psicología de la Salud o Psicología Sanitaria.
  • Prácticum cuando sea el caso.
  • TFG realizado en el ámbito de la Psicología Clínica, de la Salud o Sanitaria.
  • Materias vinculadas a Procesos psicológicos y Metodología que posibiliten adquirir las competencias previas o complementarias a las definidas en el apartado 2b del Anexo de la orden ECD/1070/2013, de 12 de junio.

Para los Licenciados en Psicología, se validarán como créditos sanitarios los correspondientes a:

  • Materias vinculadas a Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos y Psicobiología.
  • Especialidades, itinerarios, opciones intracurriculares o materias optativas de Psicología Clínica, Psicología de la Salud o Psicología Sanitaria.
  • Prácticum cuando sea el caso.
  • Materias vinculadas Procesos psicológicos y Metodología que posibiliten adquirir las competencias previas o complementarias a las definidas en el apartado 2b del Anexo de la orden ECD/1070/2013, de 12 de junio.
  • Además podrán considerarse como créditos sanitarios, los créditos de formación complementaria obtenidos en formación de posgrado que cumpla con los requisitos establecidos en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.

Criterios de admisión de los estudiantes

Cuando la demanda supere el número de solicitantes, se establecerá una priorización entre los solicitantes que cumplan los requisitos de acceso con los siguientes criterios:

  1. Expediente académico, hasta 4 puntos: aprobado (1p), notable (2p), excelente (3p), matrícula de honor (4p)
  2. Formación específica en el ámbito sanitario (excepto la requerida para acceder), hasta 2 puntos:
    Estudios de posgrado vinculados a C. de la Salud de más de 30 ECTS (2p)
    Estudios de posgrado vinculados a C. de la Salud de hasta 30 ECTS (1p)
    Estudios de posgrado vinculados a C. Sociales de más de 30 ECTS (0,5p)
    Experiencia profesional y/o laboral relacionada con los contenidos del Máster acreditada, hasta 2 puntos: entre 1 y 3 años (1p), más de 3 años (2p)
  3. Conocimiento de idiomas extranjeros a nivel B2 o superior: hasta 1 punto.
  4. Otros méritos (publicaciones, colaboraciones docentes,…) hasta 1 punto

Salidas profesionales

La profesión para la que se capacita a las personas graduadas una vez obtenido el título es la de Psicólogo/a General Sanitaria (ORDEN ECD/1070/2013).